Las nuevas normas prudenciales de la actividad aseguradora publicadas en Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.835 el pasado 3 de septiembre, buscan ordenar al sector al exigir la legalización de aquellas empresas que han estado ofreciendo productos sin estar debidamente registradas en el ente regulador. Igualmente, mejora procedimientos relacionados con los asegurados, crea la figura del defensor y regula la promoción en redes y hasta los llamados influencers.
“Estas nuevas regulaciones contemplan aspectos sobre el uso de tecnologías financieras (Fintech) y aseguradoras (Insurtech), así como la creación de productos como microseguros, seguros inclusivos y masivos. También se implementaron normativas para proteger los derechos de los usuarios, combatir la delincuencia organizada en el ámbito financiero”, recalcó la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) en una nota de prensa.
Agregó que el organismo que “con estos instrumentos jurídicos, se fomenta el desarrollo del sector a partir de ampliación hacia la banca, los incentivos para su expansión y las inversiones en el mercado de valores”.
Una de las principales modificaciones que traen estas normas son la disminución del plazo que tienen las compañías para responder a un asegurado sobre cualquier tipo de siniestro, y el cual pasa de 30 a 20 días continuos. La presidenta de la Cámara de Aseguradores de Venezuela, María del Carmen Bouffard, explicó que el plazo comienza desde el día en que se hayan entregado a la empresa todos los recaudos correspondientes.
Otra novedad es la relacionada con la creación del defensor de los derechos de los asegurados que debe estar incorporado a la plantilla de cada empresa aseguradora, de esta manera, las denuncias o reclamos de los clientes podrán ser canalizados a través de esta figura. Bouffard indicó que el cargo de Defensor ya existe dentro de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), pero se llegó a la conclusión de que era necesario ampliar su ámbito de atención.
“Los defensores del asegurado deberán realizar un curso de capacitación en la Superintendencia y deberán entregar al organismo un reporte diario de los requerimientos de los asegurados”.
Recordó Bouffard que cualquier empresa que desee ofrecer productos de seguros debe estar inscrito y registrado en la Sudeaseg, de lo contrario, será sancionado con multas y hasta penas de cárcel. Recomendó a la población revisar la página web del organismo regulador para conocer la lista de los autorizados para ejercer actividad en este mercado.
Entre las sanciones resaltan penas de prisión de 6 a 10 años para quienes ejerzan la actividad aseguradora de manera ilegal.
Sobre las sanciones, las normas destacan que cualquier empresa o promotor que desee publicitar en redes sociales, debe estar igualmente registrado en la Sudeaseg; por lo que quien infrinja esta disposición será objeto de sanción.
Desde el punto de vista contable hay modificaciones del capital que deberán tener las empresas de seguros. Las normas establecen que las compañías deberán hacer un ajuste de capital y dependiendo de los ramos que opere de entre 160 mil a 590 mil Tasa de Cambio Referencial (TCR) de más alto valor que se cotizan en las mesas de cambio de la banca, es decir, bolívar/euro o bolívar/dólar.
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