La Corte de Apelaciones de Temuco, capital de La Araucanía, en Chile, confirmó las sentencias dictadas contra antiguos oficiales y soldados del ejército de Chile por la ejecución extrajudicial de dos civiles en octubre de 1973.
La decisión recayó sobre el entonces capitán Sergio Hernán Valenzuela y los soldados Exequiel Trullenque, Eduardo Urrugua y Valdemar Reyes, acusados de asesinar a los ciudadanos a Eliseo Segundo Jara y Pedro Mario Muñoz en la comuna de Victoria.
Una de las víctimas identificada como Eliseo Segundo Jara era miembro del Partido Socialista, al que perteneció el presidente Salvador Allende, y fue sometido a torturas y tratos crueles, mientras estaba detenido en un cuartel del Ejército. Mientras que Muñoz, de 21 años, fue capturado en su vivienda y sin ningún motivo.
Estas dos personas fueron trasladados a un terreno baldío, donde fueron asesinados con ráfagas de fusil. Los responsables identificados como Valenzuela, Trullenque y Reyes recibieron condenas de dos décadas de prisión por delitos de lesa humanidad y el civil Octavio Temer estará 19 años tras las rejas en calidad de coautor.
Por complicidad en estos homicidios, a otros dos oficiales se les impusó la pena de 15 años de prisión. Se trata de los oficiales Hernán Salazar y Alfonso Fernández, y los soldados Carlos Molina, Jacinto Mansilla y Bautista Santibáñez.
El tribunal también condenó al fisco a pagar una indemnización total de 100 millones de pesos (unos 106 mil dólares) a los familiares de las víctimas por concepto de daño moral.
Cabe destacar que los los delitos de lesa humanidad no prescriben, ya que no existe un plazo límite para que se aplique una sanción penal a quienes cometan este tipo de crímenes; por lo tanto, este tipo de acciones se fundamenta en la gravedad de los delitos que se imputan y en los tratados internacionales de derechos humanos.
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