Este peritaje se basa en todo el material electoral de valor probatorio consignado por el Poder Electoral y sobre el ataque cibernético masivo que afectó al sistema electoral venezolano el 28 de julio
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el Expediente N° AA70-E-2024-000034 difundido este sábado, informa que continúa el peritaje iniciado el 5 de agosto para emitir una sentencia definitiva sobre el recurso contencioso electoral presentado, la cual tendrá carácter de «cosa juzgada» e «inapelable».
Este peritaje se basa en todo el material electoral de valor probatorio consignado por el Poder Electoral, y las 33 de las 38 organizaciones políticas citadas a las audiencias de los días 7, 8 y 9 de agosto.
De igual manera, se hará sobre el ataque cibernético masivo que afectó al sistema electoral venezolano el 28 de julio, día de las elecciones presidenciales.
El Máximo Tribunal señala claramente en su balance que el excandidato Edmundo González Urrutia no cumplió con la orden de citación y en consecuencia no presentó actas de escrutinio, listado de testigos, ni ningún material electoral.
También destaca que los postulantes del excandidato González Urrutia, miembros de la Alianza Plataforma Unitaria Democrática, tampoco consignaron material electoral y argumentaron no poseer ningún tipo de documentación relacionada con el proceso, como actas de escrutinio y listados de testigos.
Igualmente indicaron que no participaron en el traslado y resguardo de material electoral ,y señalaron que la organización SUMATE fue parte del equipo asesor técnico de la Alianza.
Sobre la carga de las presuntas actas de escrutinio en la página web www.resultadospresidencialesvenezuela2024.com, afirman desconocer quién las publicó, acción que actualmente está siendo investigada por el Ministerio Público.
Al respecto, cita al Fiscal General, Tarek William Saab, cuando anunció ordenar la investigación para determinar las responsabilidades relacionadas con la presunta comisión de los delitos: usurpación de funciones, forjamiento de documento público, instigación a la desobediencia de las leyes, delitos informáticos, asociación para delinquir y conspiración, debido a la zozobra causada en la población.
El expediente también deja constancia de que las organizaciones políticas, Alianza al Lápiz y Movimiento Centrados Para la Gente, no presentaron el material electoral solicitado, al igual que los excandidatos Antonio Ecarri y Enrique Márquez.
En el escrito conocido este sábado resalta que la Sala contará con personal altamente calificado, empleando los más altos estándares técnicos, para garantizar que se resuelvan los conflictos de manera soberana y justa.
Leave A Comment